Como siempre que se produce una catástrofe natural en España como el terremoto de Lorca (Murcia), entra en acción el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Todo afectado que posea un seguro de vida, accidentes o daños, con cualquier compañÃa aseguradora autorizada, tiene derecho a solicitar a este organismo público la compensación que le corresponda. Se recomienda, además, que dicha petición se haga lo antes posible.¿Qué requisitos hacen falta para solicitar una compensación?
Cualquier persona que tenga un seguro de vida, accidentes o daños con una compañÃa privada puede hacer la solicitud de compensación. El CCS le cubrirá en los mismos términos que el asegurado hubiera contratado en su póliza con la compañÃa privada; es decir, le indemnizará por los mismos bienes o capital asegurado y observando las mismas condiciones que estuvieran estipuladas.
La póliza, además, ha de estar vigente en el momento de producirse los daños y el asegurado debe estar al corriente del pago de la prima.
¿Cómo se puede pedir la indemnización?
Hay que diferenciar entre daños materiales, por una parte, y daños personales o de pérdida de beneficios, por otra.
En el caso de daños materiales:
El damnificado puede hacer su petición por teléfono, llamando al 902 222 665, de lunes a viernes, entre las 09.00 y las 18.00. En el momento de hacer la llamada debe tener a mano los datos de la póliza del seguro, sus datos personales y bancarios y la información relativa al bien que tiene asegurado.La solicitud también se puede presentar a través de Internet, siguiendo este enlace. Para utilizar esta vÃa es indispensable disponer de un certificado o un DNI electrónico, y contar con la misma información indicada para la solicitud telefónica.
En caso de daños personales o por pérdida de beneficios:
La solicitud ha de presentarse por escrito. Debe rellenarse una hoja de comunicación de daños y entregarla en la [delegación regional del consorcio] que corresponda, bien sea en mano, bien a través del correo ordinario. A esa hoja hay adjuntar fotocopia de la póliza y del recibo del pago de la prima, asà como documentación acreditativa de los daños producidos y la causa del siniestro.
En todos los casos, los afectados pueden ponerse en contacto directamente con el CCS, pero también con la compañÃa de seguros con la que hubieran contratado la póliza si quieren que esta les asesore. Tras recibir la solicitud de indemnización, un perito se pondrá en contacto con el demandante para evaluar los daños.
Información publicada en el Diario Elpais.com




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